Auditoría

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Con más de 30 años de experiencia en el sector, desde Gatsa, ofrecemos el servicio de informe y auditoría para la obtención de las ayudas previstas en la ley 55/2007 de 28 de Diciembre se elaboró la orden cultural publicada en el Boletín Oficial del Estado (Orden CUL/2834/2009) por la cual quedan establecidas las normas generales para el acceso a las mismas tanto en lo relativo a los requisitos básicos como a las obligaciones que genera la condición de beneficiario de las ayudas del Instituto de Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA) para la auditoria de películas, auditoria de largometrajes y/o auditorias de cortometrajes.

Los productores y/o empresas productoras son posibles receptoras de esta ayuda, siempre que se cumpla con los requisitos establecidos en la consideración del coste de una película o inversor del productor. Todos los gastos que son necesarios y se derivan del desarrollo del largometraje o cortometraje, son perceptibles de ser incorporados como coste total de la producción.

El informe de la auditoría realizada en el que se acredita el coste y la inversión de la productora debe estar firmado por un auditor inscrito en el Registro oficial de Auditores de Cuentas (ROAC). 

AUDITORÍA

Con más de 30 años de experiencia en el sector, desde Gatsa, ofrecemos el servicio de informe y auditoría para la obtención de las ayudas previstas en la ley 55/2007 de 28 de Diciembre se elaboró la orden cultural publicada en el Boletín Oficial del Estado (Orden CUL/2834/2009) por la cual quedan establecidas las normas generales para el acceso a las mismas tanto en lo relativo a los requisitos básicos como a las obligaciones que genera la condición de beneficiario de las ayudas del Instituto de Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA) para la auditoria de películas, auditoria de largometrajes y/o auditorias de cortometrajes.

Los productores y/o empresas productoras son posibles receptoras de esta ayuda, siempre que se cumpla con los requisitos establecidos en la consideración del coste de una película o inversor del productor. Todos los gastos que son necesarios y se derivan del desarrollo del largometraje o cortometraje, son perceptibles de ser incorporados como coste total de la producción.

El informe de la auditoría realizada en el que se acredita el coste y la inversión de la productora debe estar firmado por un auditor inscrito en el Registro oficial de Auditores de Cuentas (ROAC).

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